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NEGACION NEXO CAUSAL EN ACCIDENTES DE TRAFICO POR BAJA INTENSIDAD

18/11/2021
Índice

¿Has sufrido un accidente de tráfico recientemente? ¿La compañía de seguros no te quiere indemnizar porque alegan que es imposible que puedas tener secuelas al ser un accidente de intensidad mínima?

Sin lugar a dudas, este es tu post.

En la actualidad, las compañías de seguros se están valiendo de informes biomecánicos para no abonar las indemnizaciones que corresponden a los lesionados.

¿Qué es un informe biomecánico?

Son informes que encargan las compañías de seguros a peritos con los que colaboran de forma habitual, a través de los cuales pretenden demostrar que al ser el accidente mínimo no puede haber originado lesiones.

Los informes de biomecánica están basados en evidencias y leyes de la Física, no teniendo en cuenta variables tan importantes como son los criterios médicos y de base médico-legal, es decir, no tienen en cuenta situaciones del círculo personal del lesionado.

¿Los informes biomecánicos tratan cuestiones médicas? ¿Un accidente puede tener las mismas condiciones para personas distintas?

Un choque y las consecuencias médicas del mismo no tienen por qué ser iguales a todos los sujetos, incluso dichos informes de biomecánica tienden a generalizar como si todos los cuerpos fuesen iguales a la hora de recibir un impacto y como si la resistencia fuera igual en

todos los cuerpos.

Un impacto de forma imprevista tiende a producir un efecto lesivo mayor que una colisión en la que se prevé el impacto.

Resulta de especial importancia analizar las condiciones personales del ocupante lesionado y que en ningún momento es tenido en cuenta por los informes de biomecánica, de ahí su carácter subjetivo.

¿Qué requisitos se deben de cumplir para entrar a valorar el daño corporal?

El 1 de enero de 2016 entró en vigor el nuevo sistema para la valoración del daño corporal por el que se determinan y cuantifican las indemnizaciones que corresponden a las víctimas de accidentes de tráfico. El mismo, haciéndose eco de la necesidad de controlar el resarcimiento de los traumatismos cervicales condiciona su resarcimiento a que la lesión cervical pueda acreditarse con arreglo a los cuatro siguientes criterios de causalidad genérica contemplados en el art. 135 de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre:

Criterios de causalidad genérica

1º-De exclusión: que no medie otra causa que justifique totalmente la patología.

2º-Cronológico: que la sintomatología del traumatismo cervical se manifieste en un periodo de tiempo medianamente explicable. Concretamente, se establece un plazo de setenta y dos horas para que se observen los síntomas o se acuda al médico.

3º-Topográfico: que exista una relación entre la zona corporal afectada por el accidente y la lesión sufrida.

4º-De intensidad: que exista una adecuación biomecánica entre la lesión sufrida y el mecanismo de producción del accidente.

¿Qué debemos hacer para desvirtuar “la baja intensidad”?

Debemos, sin lugar a dudas, aportar todos los informes médicos ya que la realidad del accidente no se discute.

Se debe de dar mayor valor, y así lo están recogiendo los jueces con carácter mayoritario, a una pronta atención médica.

Las personas que han sufrido un accidente de tráfico y, en el primer momento se observan la existencia de lesiones, son derivados a traumatólogos y estos recetan sesiones de rehabilitación. De no existir tales lesiones no continuarían estos profesionales de la salud con ningún tratamiento. Por consiguiente, no puede verse comprometida su profesional por un informe que sólo tiene en cuenta cuestiones física respecto al vehículo, pero no cuestiones médicas respecto a personas.

El diagnóstico realizado por los profesionales de la salud no se basa únicamente en las manifestaciones subjetivas de dolor del paciente, sino también en los signos objetivos de lesión que fueron constatados por el facultativo que les atiende y que por lo demás son coherentes con el mecanismo lesional característico de una colisión por alcance, aun cuando su intensidad no fuese de gran magnitud.

En definitiva

Por tanto, en definitiva, como ya se ha apuntado, pese a que la colisión en que consistió el accidente de tráfico de autos no es de una entidad importante, debe concluirse que causó lesiones a los perjudicados en caso de que hayan tenido que acudir a un centro de asistencia médica por dolores sufridos tras el accidente, que son constitutivos de un daño corporal que debe ser indemnizado por la aseguradora demandada.

Tamara López Hernández
Tamara López Hernández

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