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La figura de la tradición en el Derecho Civil

18/03/2019
Índice

En esta entrada, tras la petición de una seguidora vamos a tratar la tradición en el Derecho Civil.

Qué es la tradición en el Derecho Civil

La tradición como tal es la entrega de una cosa, lo que conlleva ceder su posesión y por lo tanto, dársela a otro individuo. Se utiliza como medio para efectuar un negocio entre dos partes en el que una de ellas posee el bien que va a dar a la otra parte y por lo tanto transmitir su posesión.

Cómo se produce la tradición

Para que la tradición se pueda dar deben producirse tres hechos: la entrega de la cosa, la voluntad de aceptarla por el que la adquiere y la voluntad de darla por el poseedor. Estos son considerados elementos de la tradición.

A los elementos anteriores, añadimos como tercer elemento la justa causa. Para que haya tradición tienen que producirse los hechos anteriores y además esta justa causa, que viene siendo la que constituye el título y que por tanto produce la adquisición de un derecho real sobre la cosa.

Derecho real viene siendo un derecho que ejerce una persona sobre una cosa determinada y que además excluye a terceros de su uso y disfrute. Esto se regula en nuestro Código Civil.

Esta justa causa que comentábamos antes, va unida a la voluntad de ambos poseedor y futuro poseedor y a la entrega de la cosa, y esto es lo que va a determinar que en España seguimos la teoría del título y el modo. Indica entonces que la entrega y la voluntad van unidas en el negocio que se fundamenta en la justa causa.

Dónde encontramos la figura de la tradición

En el Código Civil, en los artículos 1462 y siguientes. Como ejemplo tenemos el propio artículo 1462 del que vemos en formato negrita la entrega y puesta en posesión de la cosa. Lo cual nos indica que esta posesión es la que indica que la cosa vendida se ha entregado y que por lo tanto se ha efectuado el negocio.

«Artículo 1462.

Se entenderá entregada la cosa vendida cuando se ponga en poder y posesión del comprador.

Cuando se haga la venta mediante escritura pública, el otorgamiento de ésta equivaldrá a la entrega de la cosa objeto del contrato, si de la misma escritura no resultare o se dedujere claramente lo contrario.»

Otro ejemplo es el artículo 1463 que nos habla de que la entrega de llaves del lugar en el que está el bien es la que conlleva la propia entrega del bien. Es entonces un traspaso de la posesión del bien.

«Artículo 1463.

Fuera de los casos que expresa el artículo precedente, la entrega de los bienes muebles se efectuará: por la entrega de las llaves del lugar o sitio donde se hallan almacenados o guardados, y por el solo acuerdo o conformidad de los contratantes, si la cosa vendida no puede trasladarse a poder del comprador en el instante de la venta, o si éste la tenía ya en su poder por algún otro motivo.»

Tipos de tradición en Derecho Civil

Hay varios tipos de tradición las cuales vamos a ver a continuación:

  • Real o directa: cuando efectivamente se entrega un bien que existe y es material en mano.
  • Longa manu: se produce una tradición por medio del señalamiento de la cosa. Es decir, el que posee un bien tiene que señalar el objeto que le da a la persona que pasará a ser la nueva poseedora. Esta puede llevarse el bien señalado.
  • Simbólica: no necesita que se entregue el bien físicamente, sino que se puede dar un objeto distintivo de ese bien como medio de entrega.
  • Brevi manu: no hace falta una entrega en mano del bien, ya que en este caso con que el adquirente acepte, es decir, tenga la voluntad, llega.

Otros tipos de tradición:

  • Tradición de frutos pendientes: esta se produce cuándo un bien se separa de otro que lo produce. La tradición se produce en el momento en el que se separa un bien de otro y se entrega a otra persona.
  • Tradición de vehículos, naves, aeronaves, sermovientes…

 

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