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Publicidad comparativa y publicidad de tono excluyente

21/09/2020
Índice

¿Qué es la publicidad de tono excluyente?

Podemos definir la publicidad de tono excluyente es aquella en la que el anunciante informa a los consumidores de que su empresa, producto o servicio ocupa una posición preeminente en el mercado no alcanzada por ningún competidor. 

Del anterior concepto podemos determinar que este tipo de publicidad supone afirmar por el anunciante que su oferta es la mejor en el mercado.

Dicha afirmación debe tener un contenido informativo y comprobable, y deber ser tomado en serio por el público al que se dirige y a través de la cual se manifiesta que la empresa o su producto ocupan la posición de preeminencia en el mercado, antes mencionada. 

Diferencia entre publicidad comparativa y de tono excluyente

Así, la diferencia entre la publicidad comparativa y la publicidad de tono excluyente es clara:

En la publicidad comparativa, el anunciante compara su oferta con la de uno o varios competidores determinados, resaltando las ventajas que posee frente a la publicidad de tono excluyente.

Resaltar la posición de preminencia

Sin embargo, en la publicidad de tono excluyente el anunciante se limita a resaltar su posición de preeminencia, sin hacer ninguna referencia directa a sus competidores, por lo que no se da una comparación entre las ventajas de la oferta del anunciante frente a las ventajas o la oferta de uno o varios competidores determinados. 

Referencias comparativas a los competidores

Si tenemos en cuenta que todo anuncio de tono excluyente conlleva necesariamente referencias comparativas a los restantes competidores, estamos elaborando una afirmación de una posición de preeminencia en el mercado que implica una referencia a los competidores frente a los cuales el anunciante afirma tener aquella posición.

Esto conlleva que cuando el anunciante afirma que su producto es el mejor, indirectamente se está afirmando que la oferta de los competidores es menos ventajosa.

Es por ello que para algunos autores estas referencias comparativas, implícitas en toda publicidad de tono excluyente, resultan suficientes para equiparar esta modalidad publicitaria con la publicidad comparativa. 

Lo anterior no impide que, en determinados casos, un anuncio de tono excluyente pueda ser calificado como publicidad comparativa, debiendo existir, además de la referencia genérica a todos los restantes competidores, una referencia inequívoca a uno o varios competidores determinados. 

Sentido del anuncio

Para analizar si en un determinado anuncio de tono excluyente se produce dicha referencia inequívoca, se atenderá al sentido que el público receptor del mensaje publicitario le proporcione a éste, debiendo dicho público entender el mensaje publicitario como una comparación con uno o varios competidores determinados identificables. 

Creación:

Tamara López Troncoso. Ver más.

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