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Visados para estudiantes extranjeros en España

27/07/2020
Índice

Venir a España para estudiar es posible, gracias a los VISADOS.

Con los visados por estudios se puede permanecer en España por un período superior a noventa días.

¿Qué te permite un visado por estudios?

Este visado te permite:

  • Realizar o ampliar tus estudios en un centro de enseñanza que termina con la obtención de un título.
  • Participar en programas de movilidad.
  • Hacer prácticas no laborales en organismos públicos o privados.
  • Participar en programas de voluntariados de interés general.
  • Actividades de investigación o formación

¿Qué requisitos debe cumplir el solicitante?

  1. No ser ciudadano de la Unión Europea y tener el pasaporte en vigor o título de viaje.
  2. Carecer de antecedentes penales
  3. No padecer ninguna enfermad que pueda tener repercusiones de salud pública.
  4. No tener prohibida la entrada en España
  5. Tener medios económicos suficientes para sufragar gastos de estancia y regreso a su país.
  6. Contar con un seguro médico.
  7. Si el estudiante es menor de edad, debe tener una autorización de sus padres o tutores.
  8. Ser admitido en un centro de enseñanza autorizado en España.

La solicitud del visado

Este procedimiento es muy sencillo.

El interesado deberá de presentar la solicitud en la misión diplomática u oficina consular en cuya demarcación resida y pagar la tasa correspondiente.

Una vez realizado este trámite, la administración tiene plazo de un mes para resolver.

Si en el plazo de un mes, no has obtenido respuesta, se entiende que el visado no ha sido concedido.

¿Qué pasa si me conceden el visado?, ¿Qué hay que hacer?

En este caso, la oficina consular o misión diplomática te notifica que tienes un plazo de 2 meses para recoger el visado. De no hacerlo, se entiende que renuncias al mismo y se archiva el expediente.

Si la duración de tu estancia es superior a 6 meses, es obligatorio solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero en el plazo máximo de 1 mes desde la entrada a España.

¿Pueden venirse a España familiares conmigo?

La respuesta es SÍ. El visado de estudios permite a los familiares del titular solicitar un visado para entrar y permanecer en España durante la vigencia del curso de enseñanza del solicitante.

Entre estos familiares se encuentran; el cónyuge, pareja de hecho, los hijos menores de 18 años o aquellos que tengan una discapacidad reconocida que no sean capaces de proveer sus propias necesidades.

La autorización de los familiares está vinculada al estudiando y permanecerán en el mismo territorio y por el mismo tiempo que el estudiante.

¿Puedo trabajar con el visado de estudios?

Sí, con la debida autorización.

Se podrán realizar trabajos por cuenta propia o ajena, siempre que el trabajo sea compatible con la realización de los estudios, y los ingresos obtenidos no tengan el carácter de recurso necesario para su sustento o estancia.

¿Cuánto tiempo puedo permanecer en España con el visado de estudios?

En todo caso, dependerá de la actividad que se vaya a desarrollar. Pero nunca podrá ser superior a un año.

Ahora bien, se puede solicitar una prórroga si sigue cumpliendo las condiciones que se le exigieron y acredita que ha superado las pruebas o requisitos para continuar los estudios.

Fuente:

  • Directiva del Consejo 2004/114/CE, de 13 de diciembre de 2004, relativa a los requisitos de admisión de los nacionales de terceros países a efectos de estudios, intercambio de alumnos, prácticas no remuneradas o servicios de voluntariado.
  • Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social (artículos 25 bis. f, 30 y 33)
  • Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, aprobado por Real Decreto 557/2011, de 20 de abril (artículos del 37 al 42).

Creación:

Nerea Olivares Pérez. Ver más.

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