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El concepto de pena de multa
La pena de multa viene siendo un sistema que hace pagar a la persona que comete el acto delictivo una cantidad al día de dinero durante el tiempo establecido.
Plazos en la pena de multa
En el caso anterior, tenemos que el plazo es de uno a tres meses dependiendo de la cantidad del delito. Esto lo encontramos en el CP en el artículo 50.
Extensión de la pena de multa
También debemos saber que tiene una extensión máxima a imponer. Esto es de diez días como mínimo y dos años como máximo.
Cuota de la pena de multa
Además, la cuota diaria a pagar será de entre dos euros y 400 al día. Todo esto si son personas físicas, siendo personas jurídicas tendremos un mínimo de 30 euros y un máximo de 5.000 al día y una extensión máxima de tiempo en cinco años.
Regulación de la pena de multa
«Artículo 50.
1. La pena de multa consistirá en la imposición al condenado de una sanción pecuniaria.
2. La pena de multa se impondrá, salvo que la Ley disponga otra cosa, por el sistema de días-multa.
3. Su extensión mínima será de diez días y la máxima de dos años. Las penas de multa imponibles a personas jurídicas tendrán una extensión máxima de cinco años.
4. La cuota diaria tendrá un mínimo de dos y un máximo de 400 euros, excepto en el caso de las multas imponibles a las personas jurídicas, en las que la cuota diaria tendrá un mínimo de 30 y un máximo de 5.000 euros. A efectos de cómputo, cuando se fije la duración por meses o por años, se entenderá que los meses son de treinta días y los años de trescientos sesenta.
5. Los Jueces o Tribunales determinarán motivadamente la extensión de la pena dentro de los límites establecidos para cada delito y según las reglas del capítulo II de este Título. Igualmente, fijarán en la sentencia, el importe de estas cuotas, teniendo en cuenta para ello exclusivamente la situación económica del reo, deducida de su patrimonio, ingresos, obligaciones y cargas familiares y demás circunstancias personales del mismo.
6. El tribunal, por causa justificada, podrá autorizar el pago de la multa dentro de un plazo que no exceda de dos años desde la firmeza de la sentencia, bien de una vez o en los plazos que se determinen. En este caso, el impago de dos de ellos determinará el vencimiento de los restantes.»