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La organización marítima internacional

14/05/2019
Índice

Como organismo especializado de las Naciones Unidas, la organización marítima internacional es la autoridad mundial encargada de establecer normas para la seguridad, la protección y el comportamiento ambiental que ha de observarse en el transporte marítimo internacional.

Su función principal es establecer un marco normativo para el sector del transporte marítimo que sea justo y eficaz.

Funciones de la organización marítima internacional

En otras palabras, su función consiste en crear un marco de igualdad de condiciones a fin de que los armadores de buques dispongan de diversas maneras de solucionar sus problemas financieros que no presupongan simplemente la aplicación de recortes presupuestarios que comprometan la seguridad, la protección y el comportamiento ambiental.

El transporte marítimo es una industria internacional, y solo puede funcionar de manera eficaz si sus reglamentos y normas se acuerdan, adoptan y aplican a nivel internacional, siendo la organización marítima internacional quien se ocupa del proceso.

Hay que tener en cuenta que transporte marítimo internacional representa aproximadamente el 80 % del transporte mundial de mercancías entre los pueblos y comunidades de todo el mundo.

Constituye un medio de transporte internacional de mercancías seguro y de bajo costo, que fomenta el comercio entre las naciones y los pueblos, al tiempo que contribuye a su prosperidad.

Marco normativo de la organización marítima internacional

El mundo depende de un sector naviero internacional seguro, protegido y eficiente, lo cual se logra a través del marco normativo que se establece y se mantiene actualizado en el seno de la organización marítima internacional.

Las disposiciones que se adoptan en el seno de la OMI comprenden todos los ámbitos del transporte marítimo internacional con el fin de garantizar que este importante sector continúe siendo seguro, ecológico, eficiente en términos energéticos y protegido.

El transporte marítimo constituye uno de los elementos esenciales de todo programa que tenga por objeto un crecimiento económico sostenible.

En el marco de la OMI, los Estados miembros de la Organización, la sociedad civil y el sector del transporte marítimo ya se encuentran trabajando de forma conjunta a fin de lograr un avance constante, teniendo como finalidad una economía verde y de un crecimiento ecológico y sostenible. El fomento del transporte y desarrollo marítimos sostenibles es una de las principales prioridades de la OMI.

Eficiencia energética, nuevas tecnologías e innovación, educación y formación marítimas, protección marítima, gestión del tráfico marítimo y desarrollo de la infraestructura marítima: la elaboración y aplicación, a través de la OMI, de normas internacionales que atiendan éstos y otros temas apuntalará el compromiso de la OMI de crear el marco institucional adecuado para un sistema de transporte marítimo mundial ecológico y sostenible. ​​​​

Estados miembros de la organización marítima internacional

Estados MiembrosActualmente la OMI cuenta con 174 Estados Miembros y tres Miembros Asociados.

Organizaciones no gubernamentales (ONG)

Las organizaciones internacionales no gubernamentales que puedan contribuir de modo importante a los trabajos de la OMI podrán ser reconocidas como entidades consultivas por el Consejo, con la aprobación de la Asamblea.

Toda organización que solicite ser reconocida como entidad de carácter consultivo ante la OMI debe demostrar que posee considerables conocimientos especializados, así como la capacidad de contribuir a la labor de la organización marítima internacional

También debe demostrar que no tiene otros medios de acceso a la OMI a través de organizaciones que ya posean el carácter consultivo, y que es «verdaderamente internacional» en lo que se refiere a sus miembros.

Organizaciones gubernamentales

La OMI podrá concertar acuerdos de cooperación con otras organizaciones intergubernamentales sobre cuestiones de interés común con el fin de garantizar la máxima coordinación en relación con dichas cuestiones.

Hasta la fecha hay 65 organizaciones intergubernamentales que han firmado acuerdos de cooperación con la OMI.

Composición de la organización marítima internacional

​​La Organización se compone de una Asamblea, un Consejo y cinco comités principales:

  • Comité de seguridad marítima.
  • El Comité de protección del medio marino.
  • Comité jurídico.
  • El Comité de cooperación técnica.
  • Y el Comité de facilitación.
  • Además de una serie de subcomités que apoyan la labor de los principales comités técnicos. 

Asemblea de la organización marítima internacional

Es el principal órgano rector de la Organización es la Asamblea.

Está integrada por todos los Estados Miembros y se reúne una vez cada dos años en períodos de sesiones ordinarios, aunque también puede reunirse en períodos de sesiones extraordinarios en caso de ser necesario.

La Asamblea es la responsable de aprobar el programa de trabajo, votar el presupuesto y establecer el régimen financiero de la Organización.

Consejo de la organización marítima internacional

La Asamblea también elige el Consejo. El Consejo es elegido por la Asamblea por un término de dos años que comienza luego de cada periodo ordinario de sesiones de la Asamblea.

El Consejo es el órgano ejecutivo de la OMI y es responsable ante la Asamblea de la supervisión de la labor de la OMI.

En el tiempo que media entre períodos de sesiones de la Asamblea, el Consejo desempeña todas las funciones que le corresponden a esta, excepto la formulación de recomendaciones a los Gobiernos en lo atinente a la seguridad marítima y la prevención de la contaminación.

Comité de seguridad marítima de la organización marítima internacional

El Comité de Seguridad Marítima es el más alto órgano técnico de la Organización. Está integrado por todos los miembros.

Entre las funciones del Comité de seguridad marítima se incluye examinar todas las cuestiones que sean competencia de la organización en relación con ayudas a la navegación, construcción y equipo de buques, dotación desde un punto de vista de seguridad, manipulación de cargas peligrosas… toda otra cuestión que afecte directamente a la seguridad marítima.

Asimismo, al Comité le incumbe la obligación de establecer el sistema necesario para el desempeño de los cometidos que le asigne el Convenio constitutivo de la OMI.

Y los que, dentro de su ámbito de competencia, puedan serle asignados por aplicación directa de cualquier instrumento internacional o en virtud de lo dispuesto en el mismo, y que sean aceptados por la Organización.

También le corresponde examinar y presentar recomendaciones y directrices relativas a la seguridad para su posible adopción por la Asamblea.

Comité de protección del medio marino

El Comité de protección del medio marino, que se compone de todos los Estados Miembros, está facultado para examinar toda cuestión que sea competencia de la organización en relación con la prevención y contención de la contaminación del mar, ocasionada por los buques.

Especialmente se ocupa de la aprobación y enmienda de convenios y otras reglas y medidas para garantizar su observancia.

El Comité de protección del medio marino fue creado en un principio como órgano auxiliar de la Asamblea y adquirió jerarquía constitucional plena en 1985.

Comité jurídico de la organización marítima internacional

Comité jurídico. El Comité jurídico está facultado para examinar todas las cuestiones de orden jurídico que sean competencia de la Organización. Este Comité está integrado por todos los Estados Miembros de la OMI. Fue creado en 1967 como un órgano auxiliar encargado de estudiar las controversias jurídicas.

El Comité jurídico también está facultado para desempeñar los cometidos que se le asignen o los que, dentro de su ámbito de competencia, puedan serle asignados por aplicación directa de cualquier instrumento internacional o en virtud de lo dispuesto en el mismo, y que sean aceptados por la Organización.

Comité de cooperación técnica de la organización marítima internacional

El Comité de cooperación técnica examinará toda cuestión que sea competencia de la Organización en relación con la ejecución de proyectos de cooperación técnica respecto de los cuales la Organización actúe como organismo de ejecución u organismo cooperador, y cualesquiera otras cuestiones relacionadas con las actividades de la Organización en la esfera de la cooperación técnica.

El Comité de cooperación técnica está conformado por todos los Estados Miembros de la OMI, fue creado en 1969 como órgano auxiliar del Consejo, y fue institucionalizado por medio de una enmienda al Convenio constitutivo de la OMI que entró en vigor en 1984.
 
 

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