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Nueva normativa de circulación

28/11/2020
Índice

NUEVA NORMATIVA DE CIRCULACIÓN (Adaptación de la nueva norma)

La norma regula ahora más los comportamientos peligrosos, e impulsa los cursos de conducción segura con el que se podrán recuperar 2 puntos. La DGT endurece las normas de tráfico para este 2021.

Detectores de radares

Llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares  se convierte en una infracción grave y suponen 500 euros de multa y la pérdida de 3 puntos. Antes solo se castigaba por la utilización, pero en la nueva normativa se multará simplemente el tenerlo.

Móvil 

Ir sujetando con la mano un móvil supone perder 6 puntos (en la antigua normativa eran 3).

Cinturón de seguridad y casco

Serán sancionables tanto su mal uso como su no uso. No hacer uso de éstos implica restar 4 puntos (antes se perdía uno menos).

Velocidad en las ciudades

Nuevos límites de velocidad en las vías urbanas: 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera, 30 km hora en vías de un único sentido de circulación y 50 km/h en vías de 2 o más carriles por sentido de circulación.

Patinetes con certificado

La norma regula ya los denominados «vehículos de movilidad personal», descritos como vehículos de una o más ruedas de solo una plaza y propulsados por motores eléctricos con una velocidad máxima entre 6 y 25 km/h (patinetes y análogos).

Se prohíbe que circulen por las aceras y zonas peatonales. Tampoco podrán hacerlo por vías interurbanas, travesías, túneles urbanos, autopistas y autovías. Tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos.

Además deberán tener un certificado de circulación que acredite que cumplen con los requisitos técnicos contemplados en el manual de características que se aprobará mediante resolución del DGT.

(Esto no se aplica a los vehículos de movilidad reducida)

Cuidado al adelantar

La nueva normativa elimina la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan sobrepasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. 

Recuperar los puntos

La reforma de la norma da la posibilidad  de recuperar  2  puntos del  carné  por realizar los cursos de conducción segura de la DGT.

Copiar en el examen

Copiaren los exámenes de conducir usando aparatos de intercomunicación no autorizados es ya una infracción muy grave. La sanción será de 500 euros y penalización de 6 meses sin poder presentarse al examen.

Carné de moto

La reforma de la norma especifica los equipos de protección obligatorios que tienen que llevar los aspirantes en las pruebas de destreza y de circulación para la obtención de los permisos de moto.

Transportistas

Las   empresas  de   transporte   de   personas   y   de   mercancías  tendrán acceso online al registro de conductores para que puedan conocer si el permiso de conducir de sus trabajadores está vigente o no. Solo se informará en rojo o verde según si está vigente o no.

La reforma del Reglamento General de Conductores rebaja a 18 años la edad exigible para poder conducir camiones. En cualquier caso, deberán aprobar el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) con 280 horas de formación.

En el caso de los autocares, se reduce a 18 años solo en el caso de transporte sin pasajeros y en un radio máximo de 50 kilómetros. Para el transporte de pasajeros será necesario tener al menos 21 años y el CAP con 280 horas de formación.

Establece la posibilidad de que personas con problemas asociados al sistema locomotor puedan acceder a dichos permisos de conducción.

Furgonetas

Se amplía de 3.500 kg a 4.250 kg el peso de las furgonetas que se pueden conducir en territorio nacional con el permiso B para el transporte de mercancías, solamente cuando el incremento de la masa se deba a los nuevos sistemas de propulsión.

¿Cuándo entrarán en vigor los cambios?

Por lo general, lo harán a partir del 2 de enero de 2021, aunque con algunas excepciones.

El cambio en la nueva norma de las velocidades en zonas urbanas estarán vigentes a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La obligación de los patinetes de disponer de un certificado será de aplicación a los veinticuatro meses de la publicación del manual que detalle las características en el BOE.

Las modificaciones relativas al Reglamento de Conductores (esto es, los cambios en el permiso de transportistas, peso de furgonetas y equipos de protección para los carnés de motos) entrarán en vigor al día siguiente de la publicación del Real Decreto en el BOE.

Creación:

Angélica Molins Romero. Ver más.

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