En este post encontrarás información sobre las Cookies y los derechos digitales. En concreto, la nueva ley de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos digitales, los testamentos digitales y el derecho al olvido.
Contenido de la página
¿Qué son las cookies?
A modo de símil. Internet es tu bloque de edificios que contiene miles de millones de apartamentos (páginas web) con tus vecinos que te reciben con una bandeja de «cookies» en la mano como bienvenida.
Quizás en la vida real una bandeja de galletas resulta muy apetecible, pero estoy segura de que cada vez que veis la palabra Cookies en internet unida a palabras como «política», «terceros», «privacidad» y «aceptar» no os suenan, tan apetecibles. Es por eso que ponemos este artículo jurídico a tu disposición.
Definición fácil de las cookies
Las cookies son archivos de texto que se generan al entrar en una página web. Estas se instalan en nuestro navegador para que sea más fácil navegar por Internet, ya que recuerdan datos concretos de nuestra navegación.
Mediante las cookies una página puede recordar nuestras selecciones, nuestras búsquedas dentro de la misma y nuestras visualizaciones. Las páginas web solo pueden acceder a las cookies que ellas mismas han generado.
Hay muchos tipos distintos de Cookies: Cookies propias, de terceros, de sesión, de análisis, persistentes…
Cookies de terceros.
Se usan para recopilar información del usuario de internet para mostrar publicidad personalizada basada en sus gustos. También se usan para estudios de mercado basados en nuestros hábitos, forma de vida, gustos…
¿Qué implica esto? Que están recopilando datos de carácter personal. Por lo que es recomendable bloquearlas en nuestro navegador.
Política de Cookies
Si buscamos en Internet «política de cookies» los resultados (aparte de anuncios sobre generadores de política de cookies o descargas) son webs de comercios, servicios, etc. que nos proporcionan información sobre qué son las cookies y cuáles usan su web.
En todas las webs suele aparecer la definición de las cookies y al final unos cuadros en los que se indican cuáles usan esas webs en concreto y sus nombres.
Además, el conocido cuadro varía un poco en la redacción según la web (ejemplo):
Utilizamos cookies propias y de terceros para ofrecerte una mejor experiencia de navegación y atención personalizada. Si sigues navegando, entenderemos que aceptas el uso de cookies en nuestro sitio. Si deseas más información o modificar el uso de las cookies, lee nuestra política de cookies… + ACEPTAR o CONTINUAR.
¿Cómo usar las cookies?
Para conocer cómo se deben utilizar, te dejamos aquí este PDF proporcionado a los usuarios por la AEPD:
https://www.aepd.es/sites/default/files/2020-07/guia-cookies.pdf
Los Derechos digitales
Como habíamos dicho antes, las cookies recopilan datos de los usuarios de Internet. Algunas de ellas recopilan datos de carácter personal.
En esa simple expresión «datos personales» es dónde el Derecho entra en juego. En España tenemos para su regulación la Ley Orgánica de Protección de Datos (Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales). Esta se encarga de garantizar la protección de los datos personales de las personas y obliga a usar mecanismos seguros para el tratamiento y disposición de los mismos.
La necesidad de modificación de la primera ley apareció debido a los avances vertiginosos en la tecnología, en concreto en redes sociales. De ahí el nuevo trozo de nombre «y garantía de los derechos digitales».
Dónde se regulan los Derechos digitales
Estos aparecen regulados en el Título X de la ley, que reconoce y garantiza una lista de derechos digitales para los ciudadanos según lo que manda la Constitución. Aunque esta ley es muy amplia, lo cual es bueno debido a la importancia de derechos que trata, yo voy a centrarme en dos: el testamento digital y el derecho al olvido.
El testamento digital
El testamento digital viene siendo un documento con todas las posesiones digitales de una persona, con las claves para acceder a ellas, y una autorización a una persona de confianza para que cuando fallezca se le permita a esa autorizada acceder a todo su contenido.
Por ejemplo, si todavía no lo has visto en Facebook, accede al apartado de tu cuenta y verás que puedes programarla para que cuando fallezcas esta se elimine o que puedes designar a una persona para administrarla en tu nombre.
El Derecho al olvido
El derecho al olvido es el derecho a solicitar que los enlaces a tus datos personales no figuren cuando se busca tu nombre en Internet.
Este se puede ejercer en determinadas ocasiones, por ejemplo cuando aparecen datos obsoletos sobre la persona que realmente carecen de relevancia hoy en día o cuando aparecen datos que atentan contra la intimidad de la persona o su honor, así como a su imagen.
Es decir, que se puedan eliminar datos que hagan daño a una persona y a su imagen de una forma probada.
Ejerce tus derechos
La normativa de protección de datos permite que puedas ejercer ante el responsable del tratamiento tus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión (“derecho al olvido”), limitación del tratamiento, portabilidad y de no ser objeto de decisiones individualizadas.
Para conocer todo sobre estos derechos, visita la web de la AEPD: https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos
Cumple tus deberes
Desde la AEPD te explican las obligaciones que deben cumplir aquellos que tratan datos personales (organizaciones, empresas, administraciones públicas) y te ofrecen diversos materiales de ayuda para cumplir con ella.
Puedes ver todo ese contenido aquí: https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/cumple-tus-deberes