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La teoría de los actos propios

04/09/2020
Índice

El Antiguo Testamento y los actos propios

En el Génesis, libro del antiguo testamento, o primer libro de la Biblia, se nos habla de la historia de Cain y Abel, hijos de Eva y Adan, y concretamente el Capitulo 4:9 se cita el siguiente literal:

Entonces el Señor preguntó a Caín: «¿Dónde está tu hermano Abel?».
«No lo sé», respondió Caín. «¿Acaso yo soy el guardián de mi hermano?

El Código Civil

La teoría de los actos propios

Con ese párrafo bíblico abordamos la llamada teoría de los actos propios, que bebe del principio de buena fe, artículo 7.1 del Código Civil:

“Los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe.”

Y por ende, de la concepción de responsabilidad por las acciones que realizamos y como éstas nos obligan a tener una determinada conducta, por ser precisamente aquella que hemos exteriorizado.

Así, y siguiendo el ejemplo señalado, Caín no podía hacerse cargo de la acciones que su hermano Abel había realizado, pues solo él podía responsabilizarse de sus propios actos.

Origen histórico de la teoría de los actos propios

Para abordar la llamada teoría de los actos propios, como en otros muchos principios generales del Derecho, debemos remontarnos al Derecho Romano, concretamente se atribuye su procedencia a Ulpiano, jurista romano de origen fenicio, como se conoció gracias a un texto conservado en el Digesto Libro I Título VII, párrafo 25:

“Después de la muerte de su hija, que cual madre de familia había vivido como emancipada en derecho, y falleció con herederos instituidos en su testamento, se prohibe que el padre promueva controversia contra su propio hecho, como si no la hubiese emancipado según derecho, ni en presencia de testigos.”

Ésta es una de las primeras reflexiones documentadas sobre la llamada teoría de los actos propios, el “venire contra factum proprium non valet»

Si bien, debemos matizar que en sus orígenes el calado no era Jurídico, y debemos esperar a su positivación como principio general del derecho para poder apreciar su aplicación judicial.

Derecho comparado

Teniendo su origen en el derecho Romano, su alcance jurídico se extendió ampliamente en los llamados pueblos románicos, así y con ciertas modificaciones propias de la evolución de la romanización, han llegado hasta nuestros días reflejos más o menos visibles de este principio.

A modo de ejemplo podemos citar el estoppel principle reconocido por el common law o el Verwirkung del Derecho alemán, aquí conocido como retraso desleal.

El venire contra factum propium en el Derecho Civil español

La teoría de los actos propios es un principio general de derecho, y como tal, directamente aplicable en el fuero judicial, de suerte que la propia jurisprudencia se ha ocupado de matizar su alcance y requisitos de utilización.

Debemos acudir a distintas resoluciones judiciales para conocer que se entiende como acto propio, hasta donde obliga y como juega la posibilidad de “cambiar de opinión” pues erróneamente podríamos pensar que un acto por haber sido manifestado de un forma exterior, nos obliga sine die, y nada más lejos de la realidad, toda vez que lo que se protege es la buena fe, o en su caso evitar la mala.

Los requisitos de validez

Para poder alcanzar el estudio de sus requisitos de validez citamos entre otras, por su calidad ejemplificadora, la Sentencia del Tribunal Supremo, de 24 de mayo de 2001, número de recurso 1247/1996 siendo ponente Don Jose Manuél Martínez-Pereda Rodríguez, Fundamento de Derecho Tercero:

“En segundo lugar, y ya con referencia a la doctrina de los actos propios, que se dice conculcada en el motivo, hay que consignar que es principio general de Derecho,

que afirma la inadmisibilidad de venir contra los actos propios, principio que tenía ya constancia en el añejo texto de Las Partidas, y que supone un límite del derecho subjetivo o de una facultad,

como consecuencia de la buena fe y de la exigencia de la observancia de una coherencia en el ámbito del tráfico jurídico y siempre que concurran los presupuestos o requisitos exigidos por la doctrina para su aplicación y que son los siguientes:

Requisitos exigidos para la aplicación de la teoría de los actos propios

  • i) En primer lugar, que los actos propios sean inequívocos, en el sentido de crear, definir, fijar, modificar, extinguir o esclarecer sin duda alguna una determinada situación jurídicamente afectante a su autor y
  • ii) que exista una incompatibilidad o contradicción según el sentido que de buena fe hubiera de atribuirse a la conducta precedente

Sentencias, por citar entre las más recientes:

  • 18 de enero de 1990,
  • marzo de 1991,
  • 4 de junio y 30 de octubre de 1992,
  • 12 y 13 de abril y 20 de mayo de 1993,
  • 17 de diciembre de 1994,
  • 31 de enero, 30 de mayo y 30 de octubre de 1995,
  • 21 de noviembre de 1998, 4 de enero,
  • 13 de julio, 1 de octubre y 16 de noviembre de 1999,
  • 23 de mayo, 25 de julio y 25 de octubre de 2000,
  • 27 de febrero y 16 de abril de 2001-.”

¿Qué es el acto propio?

Así, el acto propio es una manifestación exterior, una declaración de voluntad que produce efectos y además “antecedentes” de forma y manera que de exteriorizar un acto contrario a ese, podremos hacer valer el anterior.

Es decir, que el primer acto produce una seguridad jurídica en el receptor que se rompería si ese acto es cambiado a posteriori, y ello por cuanto el principio de buena fe hace valer el primer acto y entiende que el segundo, de carácter contrario, rompe precisamente la buena fe.

Codificación de la teoría de los actos propios

La importancia de este principio general del Derecho es tal que algunos derechos forales se han preocupado de codificarlo, como muestra, el código Civil de Cataluña, concretamente el texto aprobado por la Ley 29/2002, de 30 de diciembre, primera Ley del Código Civil de Cataluña:

Artículo 111-8 Actos propios:

“Nadie puede hacer valer un derecho o una facultad que contradiga la conducta propia observada con anterioridad si ésta tenía una significación inequívoca de la cual derivan consecuencias jurídicas incompatibles con la pretensión actual.”

Defensor de la teoría de los actos propios

A modo de conclusión, el también abogado Mohandas Karamchand Gandhi, posteriomente conocido con el nombre honorífico de Mahatma Gandhi, se manifestó como defensor de la citada teoría y a él se le traibuye la frase:

«Es incorrecto e inmoral tratar de escapar de las consecuencias de los actos propios».

Creación:

Eric Ventura (abogado, socio fundador de A&V LEX ABOGADOS). Ver más.

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