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LA GARANTÍA LEGAL DE LOS PRODUCTOS

30/04/2020
Índice

            La garantía legal de los productos se puede definir como, el derecho del consumidor para poder reclamar, durante un plazo de tiempo determinado, en el caso de existir defectos en el producto comprado.

           Asimismo, la garantía legal además de un derecho del consumidor es también una obligación del vendedor o fabricante. Es decir, es la obligación de asegurar que el bien adquirido, cumple con las condiciones de uso y funcionamiento, al menos durante un determinado tiempo.

            En definitiva, este derecho protege al consumidor/comprador frente a la falta de conformidad o a los defectos existentes en el momento de la compra.

            Finalmente, el tiempo del que dispone el comprador para hacer valer su derecho es de 2 años para los productos nuevos y de 12 meses para los productos de segunda mano.

TIPOS DE GARANTÍA

Aunque nuestro tema central es la garantía legal, debemos diferenciar los tipos de garantía que podemos encontrar.

  1. Garantía legal: la encontramos regulada por la Ley para la defensa de los Consumidores y Usuarios. En esta ley se reconoce el derecho de garantía como un derecho inapelable desde el momento en el que existe una relación de consumo.
  2. Garantía comercial: es una garantía opcional, no es obligatoria, y la puede ofrecer la empresa comercial, fabricante o distribuidora. Es decir, se trata de una ampliación a la garantía legal, nunca podrá reducir a la garantía legal, siempre será una ampliación.

CUÁNDO SE ENTIENDE QUE UN PRODUCTO ES DEFECTUOSO O NO CONFORME CON EL CONTRATO?

       El producto o bien será considerado como defectuoso o no conforme con el contrato, en el momento en el que concurra alguno de los siguientes requisitos:

  •  Cuando no sea apto para el uso al que debería estar destinado.
  • Si el bien no presenta la calidad o prestaciones habituales que cabría esperar para un producto de dicho tipo.
  • En el caso de que la instalación se encuentre incluida en el contrato de compraventa y haya sido mal efectuada.
  • Cuando los productos que deban cumplir con una serie de normas de seguridad obligatorias no cumplan con dichas especificaciones.
  • Cuando los materiales, piezas, elementos, sustancias y/o ingredientes que constituyen e integran los productos no corresponden con lo mencionado en el rótulo.
  • En el caso de que el producto presente deficiencias de fabricación, elaboración, ingredientes, estructura o condiciones sanitarias, tales que no sea totalmente apto para el uso o consumo al que estaba destinado.
  • En el caso de que el producto tuviese defectos o vicios ocultos incompatibles con el uso al que normalmente se destina.

¿QUIÉN RESPONDE DE LA GARANTÍA LEGAL?

            El consumidor, tendrá la opción de dirigirse tanto frente al vendedor como frente al fabricante, siendo la opción más recomendable, dirigirse frente al vendedor siempre que sea posible.

En caso de no ser posible que el vendedor responda, que podría suceder en el caso de que el establecimiento vendedor haya procedido a su cierre, el consumidor podrá dirigirse frente al fabricante.

PLAZOS PARA HACER VALER LA GARANTÍA LEGAL

  1. PRODUCTO NUEVO: el vendedor responderá de las faltas de conformidad o defectos durante dos años desde la fecha en que se entregó el bien.
  2. PRODUCTO DE SEGUNDA MANO: el plazo lo podrá establecer el vendedor, no pudiendo ser inferior a un año. Si la empresa que vendió el producto no existe en el momento en el que el consumidor hace la reclamación, el consumidor/comprador deberá acudir directamente al fabricante para la reclamación de su derecho.

¿CUÁL ES LA FECHA DE REFERENCIA PARA EL PLAZO DE GARANTÍA LEGAL?

La fecha de referencia a tener en cuenta será la indicada en la factura de compra o en el caso de que la entrega fuese posterior la del albarán de entrega.

DERECHOS DE LAS PERSONAS CONSUMIDORAS

            El consumidor que encuentre un defecto o falta de conformidad en el producto, siempre que dicho bien se encuentre en el período de garantía legal podrá optar entre las siguientes opciones:

  1. La reparación del producto.
  2. La sustitución del producto.

La elección de cualquiera de las opciones posibles será siempre del comprador, menos en el caso de que alguna de las dos opciones sea imposible o desproporcionada.

Además, el comprador deberá informar al vendedor de la existencia del defecto en el producto en el momento en el que es detectado, con un plazo máximo de dos meses.

CARACTERÍSTICAS DE LA REPARACIÓN Y SUSTITUCIÓN

  1. Deberán ser siempre totalmente gratuitas para el comprador.
  2. Deberán realizarse en un plazo razonable.
  3. Durante el tiempo que dure la reparación o sustitución del producto, el cómputo de los plazos de garantía quedan suspendidos, hasta que el consumidor vuelve a tener el producto en su poder.
  4. Si ya ha tenido lugar una reparación o sustitución del producto, y dicho producto siga sin ser conforme al contrato, el consumidor tendrá la opción de escoger entre las siguientes opciones :
    • Sustitución del producto.
    • Rebaja del precio.
    • Resolución del contrato.

¿CUÁNDO PODEMOS SOLICITAR LA DEVOLUCIÓN DEL IMPORTE DEL PRODUCTO?

        Si durante el período establecido por la ley para la reclamación de la garantía legal, el consumidor encontrase el producto defectuoso o no conforme con el contrato, podrá solicitar la resolución del contrato siempre con la correspondiente devolución del importe pagado, en los siguientes casos:

  1. Cuando no pudiese solicitar la reparación o sustitución del producto defectuoso.
  2. Si la reparación o sustitución no se llevan a cabo en un plazo razonable y sin mayores inconvenientes para el consumidor.
  3. En el supuesto de que el defecto en el producto sea de elevada importancia.

QUÉ HACER EN CASO DE QUE EL VENDEDOR NO SE HAGA CARGO DE LA GARANTÍA LEGAL

           El primer paso, será dirigirnos al establecimiento donde se adquirió el producto y solicitar una hoja de reclamaciones.

         El segundo paso, si el establecimiento vendedor hace caso omiso a nuestra petición, consistirá en la presentación una denuncia en consumo.

Una vez presentada la denuncia en consumo se abren dos opciones:

  1. Empresa que se encuentra adherida al sistema de arbitraje, se abrirá un procedimiento arbitral.
  2. Empresa no adherida al sistema de arbitraje: el consumidor podrá dirigirse contra el vendedor a través de la vía judicial.

    

Creación:

Mª Ángeles Hinojosa Aguilar. Ver más.

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